Lunes, 29 de Abril de 2024

Los alquileres superiores a 8 mil pesos, deben inscribirse en AFIP

La obligación de inscribir los alquileres de inmuebles urbanos en el régimen de información de operaciones inmobiliarias de la AFIP entró finalmente en vigencia este año. Se venía postergando desde 2010 y sólo se aplicaba en el ámbito rural. Postergada desde 2010 y mientras sólo se aplicaba en el ámbito rural, ahora habrá que inscribir ante la AFIP los alquileres de inmuebles urbanos que superen los 8 mil pesos.

18-02-2015



Ahora, ara los contratos anteriores al 1º de enero que en conjunto o individualmente superen los 8 mil pesos mensuales, la fecha para presentar la información será el 28 de febrero.

Para hacer esto, el propietario deberá ingresar con clave fiscal al servicio "Registro de Operaciones Inmobiliarias", opción "Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles", y dar información sobre el inmueble, los contratantes, fecha de celebración del contrato, inicio y finalización de la locación, monto pactado, frecuencia de pago, etc.

El sistema emitirá entonces una constancia con un código para que el propietario entregue al inquilino, que deberá verificar la autenticidad de la constancia ingresando al servicio "Información de Contratos de Inmuebles".

La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes siguiente a aquel en que se firme el contrato y además el propietario deberá presentar una declaración jurada anual con lo ocurrido durante el año.

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